Desde el ejercicio 2014, la AEAT, venía pergeñando un nuevo método de información denominado SII (Suministro Inmediato de Información de IVA) que afectaría a las empresas que presentan sus liquidaciones periódicas con carácter mensual.
Ante la alarma creada entre algunos compañeros y entidades, por la noticia aparecida en algún medio de comunicación en relación con el SII, sobre su introducción con efectos 2017, nos comunica el Registro de Asesores Fiscales dependiente del Consejo General de Economistas, que en la reciente reunión del Foro de Profesionales Tributarios se ha confirmado por responsables de la AEAT que esta obligación tributaria no entrará en vigor el 1 de enero de 2017, como se había previsto en principio.
Como es sabido, el desarrollo reglamentario que vendrá a regular el SII fue sometido a información pública hace tiempo, pero, la circunstancia de que el Gobierno se haya mantenido en funciones, ha supuesto la paralización, por ahora, de dicho proyecto.
La introducción de este procedimiento, lleva aparejada para estos contribuyentes, remitir la información de su facturación en un plazo máximo de 4 días naturales desde que la factura es emitida, o en el caso de facturas recibidas, en un plazo de 4 días naturales desde su contabilización, con el incremento de carga de trabajo de los departamentos de contabilidad e informática de nuestros clientes y despachos, aunque eliminaría otras obligaciones de información como 347, 415, 340 y 390.
Esperando que esta información sea de su interés.