Se introducen los cambios necesarios en el modelo 349 para hacer posible la declaración por parte del vendedor de la expedición o transporte de bienes a otro Estado miembro en el marco de un acuerdo de venta de bienes en consigna.
Se suprime el periodo anual de declaración del modelo 349. En consecuencia, en 2020 sólo se podrá presentar el modelo 349 con periodicidad mensual o trimestral.