Ilustre Colegio Oficial de Titulados Mercantiles y Empresariales de Santa Cruz de Tenerife

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PRESENTACIÓN DEL MODELO 425 “DECLARACIÓN RESUMEN ANUAL DE IGIC” DEL EJERCICIO 2015

Transcribimos las instrucciones enviadas, el pasado día 19 de enero, a las entidades financieras por la Agencia Tributaria Canaria sobre la presentación del modelo 425. 

ASUNTO: PRESENTACIÓN DEL MODELO 425 “DECLARACIÓN RESUMEN ANUAL DE IGIC” DEL EJERCICIO 2015

1.- Presentación de la Declaración-resumen anual del IGIC (Modelo 425) en sobre Blanco

Al igual que en los últimos ejercicios, no se han encargado sobres para su reparto entre las entidades financieras colaboradoras por lo que los contribuyentes deberán presentar la declaración en un sobre blanco al que se le adherirá la etiqueta, rellenable e imprimible, disponible en el siguiente enlace de nuestra página web:

http://www.gobiernodecanarias.org/tributos/portal/estatico/asistencia_contribuyente/modelos/ref_y_propios/sobre_anual_2015.pdf

En este sentido, cuando un contribuyente solicite en una entidad colaboradora el sobre se le podrá indicar que la ATC no los ha proporcionado y que se puede presentar la declaración en sobre en blanco con la etiqueta disponible en la web citada.

2.- Presentación de la Declaración-resumen anual del IGIC (Modelo 425) en modelo autocopiativo relleno de forma manuscrita.

Les recordamos que tal y como establece la Orden de 20 de marzo de 2014, en relación con la dictada el 14 de septiembre de 2012, la mayor parte de nuestros modelos tributarios, entre los que se encuentra el Modelo 425, ya no pueden presentarse en papel autocopiativo, sino que deberán obtenerse de los programas de ayuda que ponemos a disposición de los interesados en nuestra página web

http://www.gobiernodecanarias.org/tributos/portal/jsf/publico/asistenciaContribuyente/modelos/listado.jsp

3.-Autoliquidaciones correspondientes al último período, modelos 410- 411- 419- 420- 421, a presentar con el modelo 425:

Si bien con carácter general, las autoliquidaciones periódicas citadas correspondientes al último periodo del ejercicio 2015 deben presentarse conjuntamente con el modelo de declaración-resumen anual, Modelo 425, en el supuesto de autoliquidaciones con resultado a ingresar, y para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributaria, deberá admitirse la presentación de las mismas en entidades colaboradoras aunque no vayan acompañadas del mencionado Modelo 425.

4.- Verificación del contenido del sobre anual:

En la recogida del Modelo 425 de manera conjunta a la autoliquidación correspondiente al último periodo del ejercicio 2015, se verificará que se presenta para su remisión a la Administración, el ejemplar para la Administración del modelo 425 así como el ejemplar para el sobre anual de la autoliquidación del último periodo del ejercicio.

En el caso de los modelos de autoliquidación 410, 411 y 419 se adjuntará también el ejemplar para el sobre mensual de la autoliquidación del último periodo del ejercicio (mes 12).

Asimismo se verificará que se adjuntan las copias para el sobre anual de las autoliquidaciones correspondientes a los periodos de liquidación anteriores al último del ejercicio en curso, si bien la falta de presentación de alguna de estas copias no supondrá la inadmisión de la presentación del modelo en la entidad colaboradora, sin menoscabo de advertir al contribuyente de esta circunstancia.

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